Los emprendimientos que aparecen en el registro nacional están exonerados del pago
En la Gaceta Oficial 42.880 con fecha 16 de mayo fue publicado el decreto 4.952 en el cual se establece en 9% el monto que deberán pagar las empresas al nuevo Fondo de Pensiones.
El texto oficial establece que quedan exonerados del pago los emprendimientos que estén inscritos ante el Registro de Nacional de Emprendimientos (RNE).
El artículo 4 del decreto estima que el plazo máximo de duración del beneficio de exoneración establecido en este Decreto será de un (1) año, contado a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta.
El presidente de Fedeindustria, Orlando Camacho, indicó que la aplicación de la Ley para la Protección de las Pensiones la cual entró en vigencia el 8 de mayo tras su publicación en Gaceta Oficial, “es transitoria”, y se estima que exista mientras estén vigentes las sanciones económicas impuestas a Venezuela.