En Gaceta Oficial N° 6.806 Extraordinario del 8 de mayo de 2024 se publicó la “Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista,” la cual impone un sistema de pago de contribuciones especiales obligatorio para las personas jurídicas que realicen actividades económicas, con el objeto de “garantizar la protección de las pensiones de seguridad social, en un contexto marcado por las medidas coercitivas unilaterales y otras medidas restrictivas o punitivas adoptadas contra el país (sanciones internacionales)”.
Entre los artículos, se explica que el pago debería hacerse mensual a través del Seniat. “A través de los procedimientos y facultades para el control fiscal establecidos en el Decreto Constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario”, se lee en la Gaceta.
La contribución especial será deducible como cálculo para el gasto de la declaración definitiva del Impuesto Sobre la Renta, aparte de la contribución habitual.
De acuerdo a la norma, quienes no cumplan con la ley, deberán pagar intereses moratorios, y serán sancionados de conformidad con el Derecho Constituyente.